La Ley de Agentes Extranjeros, anunciada en X el martes 13 de mayo por el presidente salvadoreño, Nayib Bukele, luego de una protesta de habitantes de la cooperativa El Bosque contra una orden de desalojo, fue aprobada el martes 20 de mayo por la Asamblea Legislativa con 57 votos. En esa protesta fueron arrestadas dos personas.
Sin usar expresamente el término "cierre", menciona la posible suspensión o cancelación de la personería jurídica.
El Registro de Agentes Extranjeros (RAEX) estará facultado a "solicitar la suspensión o cancelación, según sea el caso, de la personería jurídica o de la inscripción que autorizó su funcionamiento en el país, "de los entes obligados que incumplan la presente ley", según el artículo 7, literal "j" de la normativa aprobada, sin especificar algún incumplimiento específico.
La posibilidad de "solicitar la suspensión o la cancelación de su personería jurídica o de la inscripción" también se plantea en el literal "a" del artículo 8, en este caso, ante el incumplimiento de la obligación de "registrarse en el RAEX bajo los requisitos y formatos que este establezca" con una declaración "bajo juramento" en "duplicado, para el Registro y la Fiscalía General de la República".
La "Ley de asociaciones y fundaciones sin fines de lucro", vigente desde 1996, castiga con multas infracciones como no llevar contabilidad formal, no presentar al "Registro de Asociaciones y Fundaciones sin fines de lucro" los balances generales y estados de pérdidas y ganancias dictaminados por auditor, no efectuar inscripciones en el Registro, entre otros. Según el reglamento, le corresponde al Registro "practicar la cancelación de la inscripción de dichas entidades".
Esta normativa faculta al Ministerio de Gobernación a ordenar la suspensión de la autorización para funcionar "a las entidades extranjeras cuando realicen actividades que infrinjan la ley" o hayan ocasionado "graves perjuicios a terceras o al Estado" previa investigación y comprobación.
¿Por qué motivos?
Las causales de la petición de suspensión o la cancelación de personería jurídica de una oenegé es el "incumplimiento" general de la ley.Según la normativa, tanto las oenegés como las personas que reciben fondos extranjeros deben cumplir ciertos deberes y no violar ciertas prohibiciones.
¿Bajo qué incumplimientos de una organización podría el Registro pedir cancelar su personería jurídica?
-No inscribirse en el Registro.
-Recibir fondos anónimos.
-Realizar actividades políticas o desestabilizadoras.
-Cambiar el uso de fondos sin aviso.
-Ocultar actividades que responden a intereses extranjeros.
-No cumplir requisitos administrativos y fiscales.
-Omitir informes.
-No cumplir con la retención del 30 % de impuesto sobre fondos extranjeros recibidos.
-No responder requerimientos del Registro o del Ministerio de Hacienda.
Sin embargo, según los artículos 18 y 19 de la nueva Ley de Agentes Extranjeros, si una ONG no cumple las obligaciones del artículo 8 o los plazos para presentar información al RAEX "sin causa justificada" podrán ser multadas desde $100,000 hasta $150,000; y si no cumple las prohibiciones del artículo 9, de $150,000 a $250,000.
El director general del RAEX será la autoridad para instruir e investigar la infracción cometida por una oenegé o persona, y el ministro de Gobernación y Desarrollo Territorial será el encargado de sancionar.
La cancelación de su personería jurídica no es la única consecuencia ante el incumplimiento de la nueva ley. También "los hará incurrir en las responsabilidades administrativas y penales respectivas" (artículo 9) incluso por actos "que amenacen la seguridad nacional u otros actos debidamente comprobados" (artículo 18), así mismo, estas organizaciones también podrían ser inhabilitadas para operar si no se registran en el RAEX en 90 días después de la vigencia de la ley: "No podrán realizar actividades ni movimientos de recursos financieros o activos ni bienes materiales".